Dirección

CIUDAD BOLÍVAR, ANTIOQUIA - Cra. 51 No. 52-87

Horario de oficina

Lun - Vie: 07:00 AM - 04:00 PM

NATALIA CARVAJAL RUIZ

Rectora

El representante del establecimiento ante las autoridades educativas es el ejecutor de las decisiones del Gobierno Escolar (Art. 20 del Decreto 1860/1994).

• La autoridad que abarca todos los campos propios o que afectan directamente a la Comunidad Educativa, según el Proyecto Educativo Institucional.

PERFIL

Para ser rector de esta institución educativa, con educación preescolar y básica completa y/o educación media, debe acreditar título de licenciado en educación o título profesional, y seis (6) años de experiencia profesional.

Atendiendo al legado cooperativista, a los lineamientos del Ministerio de Educación Nacional en sus Leyes o Decretos y el Proyecto Educativo Institucional, el Rector (a) del Colegio Cooperativo Alejandrino Restrepo es un hombre o una mujer con valores muy bien fundamentados, con gran capacidad de liderazgo y de administración, organizado e inquieto frente a las propuestas y cambios pedagógicos que favorezcan la dinamización y el avance del Proyecto Educativo Institucional. Del mismo modo, debe ser un excelente canal de comunicación y de mediación entre los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa.

Debe ser profesional con experiencia en educación, que promueva el trabajo en equipo y que sea, ante todo, un ser transformador de vidas. El rector (a) debe ser tolerante, respetuoso, justo e idóneo; abierto al diálogo, a la discusión y a la concertación, fruto de su capacidad de escucha. Cultivar la humildad y la sensibilidad, las cuales le permiten reconocer las necesidades y urgencias de la Comunidad Educativa. En todo momento, debe mostrar una actitud crítica, reflexiva, dinámica e interesada por encauzar su servicio desde la pedagogía del amor.

FUNCIONES

Son funciones del rector:

  1. Convocar y presidir las reuniones del Consejo Directivo y Académico.
  2. Elaborar, junto con la Comunidad Educativa, el Plan Operativo Anual, el Proyecto Educativo de la Institución, los avances anuales al P.E.I., el Plan de Mejoramiento Institucional y presentarlos a las autoridades competentes para su aprobación.
  3. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar.
  4. Revisar y fomentar la constante construcción y actualización de los medios y métodos pedagógicos.
  5. Velar por el cumplimiento de las funciones de los docentes, personal administrativo y de servicios generales, y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.
  6. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el Colegio.
  7. Establecer excelentes canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa.
  8. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores del centro y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.
  9. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.
  10. Ejercer las funciones disciplinarias o de convivencia que le atribuya la Ley General de Educación, los Reglamentos y el Manual de Convivencia, a cada uno de los empleados.
  11. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en favor del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional.
  12. Organizar encuentros de formación, capacitación y actualización de los docentes y demás estamentos de la Institución.
  13. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local.
  14. Aplicar las disposiciones que se expiden por parte de la autoridad civil, en materia de educación.
  15. Evaluar, conjuntamente con la Comunidad Educativa, el Plan Operativo Anual, el Proyecto Educativo Institucional y el Plan de Mejoramiento.
  16. Seleccionar, nombrar y remover a la o al coordinador, docentes, personal administrativo y auxiliar de servicios generales, previa consulta a la junta de administración.
  17. Cancelar el contrato de trabajo y recibir la renuncia de los miembros de la Institución cuando las circunstancias lo ameriten.
  18. Recibir y firmar las incapacidades médicas de los docentes, personal administrativo y de servicios generales, y concederles los permisos pertinentes para ausentarse de la Institución, según el Código Sustantivo del Trabajo.
  19. Revisar la asignación académica de los docentes de acuerdo a su especialización.
  20. Recibir y analizar los informes presentados por la coordinadora o el coordinador.
  21. Revisar periódicamente la forma en que se lleva la Secretaría del Colegio y tomar las decisiones oportunas para el buen funcionamiento de la misma.
  22. Revisar y firmar los libros reglamentarios, certificados, informes, documentos y comunicados oficiales.
  23. Proclamar bachilleres académicos a los estudiantes del grado undécimo, en ceremonia programada por el Consejo Directivo.
  24. Exaltar el buen desempeño de cada uno de los empleados de la Institución Educativa Colegio Cooperativo Alejandrino Restrepo.
  25. Velar por la puntual cancelación de los sueldos al personal de la Institución.
  26. Tomar decisiones acordes a su cargo por medio de resoluciones rectorales.
  27. Aplicar las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo de la Institución.

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